CAPITULO III - De la Portación
ARTICULO 30.- Las armas deportivas deberán transladarse descargadas a los lugares donde se utilicen.
REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
CAPITULO III - De la Portación
ARTICULO 30.- Las armas deportivas deberán transladarse descargadas a los lugares donde se utilicen.