Reglamento [Reg_LFAFE]

Artículo 30 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (Reg_LFAFE)

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Artículo 30

CAPITULO III - De la Portación

ARTICULO 30.- Las armas deportivas deberán transladarse descargadas a los lugares donde se utilicen.

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