Lectura de artículo · Reg_LFAFE

Artículo 53

REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos

Artículo 53

CAPITULO VII - De la Compraventa

ARTICULO 53.- Para que los comerciantes efectúen ventas de los artículos a que se contrae la norma anterior, exigirán que el comprador se identifique por medio de su licencia de portación de armas, y que las personas que se ostenten como deportistas de caza o tiro, entreguen el volante de adquisición expedido por el club o asociación que corresponda.

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