CAPITULO I - Disposiciones Generales
ARTICULO 7o.- La portación de armas se ajustará estrictamente a lo dispuesto en las licencias respectivas.
REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos
CAPITULO I - Disposiciones Generales
ARTICULO 7o.- La portación de armas se ajustará estrictamente a lo dispuesto en las licencias respectivas.