CAPITULO I - Disposiciones Generales
ARTICULO 7o.- La portación de armas se ajustará estrictamente a lo dispuesto en las licencias respectivas.
Reglamento [Reg_LFAFE]
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ARTICULO 7o.- La portación de armas se ajustará estrictamente a lo dispuesto en las licencias respectivas.
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REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos (Reg_LFAFE)
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