Artículo 33. Todo el material de clasificación “C” y “D” tendrá en taquilla un aviso explícito al público y los exhibidores deberán establecer mecanismos adecuados para dar acceso a la sala sólo a adultos de dieciocho años en adelante, quienes deberán acreditarlo al momento en que les sea requerido.
Reglamento [Reg_LFCine]
Artículo 33 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPÍTULO V - DE LA EXHIBICIÓN PÚBLICA
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