Artículo 43.- Las consultas públicas al Registro se realizarán a través del sistema electrónico y serán gratuitas. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones aplicables.
Artículo adicionado DOF 23-11-2010
Reglamento [Reg_LFEP]
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
Artículo 43.- Las consultas públicas al Registro se realizarán a través del sistema electrónico y serán gratuitas. Lo anterior, sin perjuicio de lo establecido en las disposiciones aplicables.
Artículo adicionado DOF 23-11-2010
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
REGLAMENTO de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales (Reg_LFEP)
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