Capítulo adicionado DOF 23-11-2010
Artículo 46.- La unidad jurídica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá emitir lineamientos específicos para la regulación, operación y conducción del Registro, así como para el debido registro de las inscripciones que se tramiten ante el mismo. Asimismo, en dichos lineamientos se habilitará a los servidores públicos de la misma, para el uso de firma electrónica.
Artículo adicionado DOF 23-11-2010