Artículo 118. Derivado del dictamen de elegibilidad positivo que emita el Consejo, la Secretaría Ejecutiva emitirá la constancia de acuerdo respectiva, la cual acreditará que el Proyecto de desarrollo con Bienestar, cumple con las condiciones para ser considerado elegible.
Reglamento [Reg_LFIIEDB]
Artículo 118 de REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO SÉPTIMO - DE LAS ACCIONES DE FOMENTO A LA INVERSIÓN ESTRATÉGICA · CAPÍTULO I - DE LA EFICIENCIA Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar (Reg_LFIIEDB)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.