Artículo 120. La Secretaría analizará los límites, indicadores de desempeño, temporalidad y elementos de los Proyectos para el Desarrollo con Bienestar a fin de determinar si son sujetos a los Apoyos, a los que se refiere el artículo 60 de la Ley.
Reglamento [Reg_LFIIEDB]
Artículo 120 de REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar
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TÍTULO SÉPTIMO - DE LAS ACCIONES DE FOMENTO A LA INVERSIÓN ESTRATÉGICA · CAPÍTULO II - DE LOS APOYOS
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Ley reglamentada
Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar
[LFIIEDB]
Artículo citado
Artículo 60 de LFIIEDB
[LFIIEDB]
Mismo capítulo
Artículo 121 de Reg_LFIIEDB
[Reg_LFIIEDB]
Mismo capítulo
Artículo 122 de Reg_LFIIEDB
[Reg_LFIIEDB]
Mismo capítulo
Artículo 123 de Reg_LFIIEDB
[Reg_LFIIEDB]
Mismo capítulo
Artículo 124 de Reg_LFIIEDB
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