TÍTULO SÉPTIMO - DE LAS ACCIONES DE FOMENTO A LA INVERSIÓN ESTRATÉGICA · CAPÍTULO II - DE LOS APOYOS
Artículo 120. La Secretaría analizará los límites, indicadores de desempeño, temporalidad y elementos de los Proyectos para el Desarrollo con Bienestar a fin de determinar si son sujetos a los Apoyos, a los que se refiere el artículo 60 de la Ley.