Reglamento [Reg_LFIIEDB]

Artículo 120 de REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

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REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar (Reg_LFIIEDB)

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Artículo 120

TÍTULO SÉPTIMO - DE LAS ACCIONES DE FOMENTO A LA INVERSIÓN ESTRATÉGICA · CAPÍTULO II - DE LOS APOYOS

Artículo 120. La Secretaría analizará los límites, indicadores de desempeño, temporalidad y elementos de los Proyectos para el Desarrollo con Bienestar a fin de determinar si son sujetos a los Apoyos, a los que se refiere el artículo 60 de la Ley.

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