Reglamento [Reg_LFIIEDB]

Artículo 175 de REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

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Artículo 175

TÍTULO DÉCIMO - DE LA BASE DE DATOS NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA ESTRATÉGICA · CAPÍTULO IV - DE LA ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DE LA BASE DE DATOS NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA ESTRATÉGICA

Artículo 175. La Base de Datos Nacional de Infraestructura Estratégica será de acceso público en los términos previstos por la legislación aplicable en materia de transparencia, acceso a la información pública, protección de datos personales, archivos, seguridad nacional, secreto fiduciario, secreto bancario, secreto comercial, secreto industrial y demás disposiciones jurídicas aplicables.

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