TÍTULO DÉCIMO CUARTO - DE LOS CONTRATOS · CAPÍTULO X - DE LAS GARANTÍAS Y SEGUROS
Artículo 262. Los términos y condiciones de las garantías a que hacen referencia los artículos 260 y 261 de este Reglamento incluyendo, entre otros, la suma garantizada, condiciones de cobertura y vigencia, deberán ser determinados por el Interesado contratante y establecidos expresamente en cada contrato de inversión estratégica.