Reglamento [Reg_LFIIEDB]

Artículo 274 de REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar

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REGLAMENTO de la Ley para el Fomento de la Inversión en Infraestructura Estratégica para el Desarrollo con Bienestar (Reg_LFIIEDB)

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Artículo 274

TÍTULO DÉCIMO CUARTO - DE LOS CONTRATOS · CAPÍTULO XI - DE LOS SUBCONTRATOS Y CONTRATOS RELEVANTES

Artículo 274. Los contratos de inversión estratégica deberán establecer la obligación de los Contratistas, Desarrolladores o Proveedores de revelar al Interesado contratante y a los supervisores, auditores y verificadores, según corresponda, la siguiente información:

I. La lista completa y actualizada de subcontratistas y Contratistas de contratos relevantes, indicando, en su caso, si éstos forman parte del mismo grupo de interés económico, están bajo el control de sus accionistas o son partes relacionadas de los Contratistas, Desarrolladores o Proveedores conforme a la legislación aplicable;

II. Los costos de subcontratación y esquemas de compensación;

III. Los mecanismos implementados para evitar transferencias de precio a partes relacionadas en condiciones distintas a las de mercado, y

IV. Cualquiera otra información y documentación que los Interesados contratantes soliciten en relación con los subcontratos, los contratos relevantes y los subcontratistas en términos de lo establecido en los contratos de inversión estratégica.

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