TÍTULO TERCERO - DE LOS JUEGOS CON APUESTAS · CAPÍTULO II - DE LOS HIPÓDROMOS, GALGÓDROMOS Y FRONTONES · SECCIÓN IV - DE LOS FRONTONES
ARTÍCULO 58.- El podrá designar al intendente del frontón, quien deberá contar con la aprobación previa y por escrito de la para recibir su designación.