Reglamento [Reg_LFPCCS]

Artículo 99 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (Reg_LFPCCS)

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Artículo 99

CAPÍTULO X - DE LOS COMITÉS CONSULTIVOS REGIONALES O ESTATALES DE SEMILLAS

Artículo 99.- El Comité Consultivo Regional podrá desintegrarse, previo acuerdo de los Comités Consultivos Estatales respectivos.

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