ARTÍCULO 10. La Secretaría procederá a la cancelación de la inscripción en la Lista de Árbitros, otorgada en términos del presente Reglamento, al árbitro que incurra en incumplimiento de las disposiciones del mismo, el cual quedará impedido para obtener nueva inscripción de conformidad con las disposiciones legales aplicables.
Reglamento [Reg_LFPC_Art122]
Artículo 10 de REGLAMENTO del Artículo 122 de la Ley Federal de Protección al Consumidor
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPÍTULO II - DE LA LISTA DE ÁRBITROS Y DE LOS REQUISITOS, PROCEDIMIENTO Y CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN
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