Lectura de artículo · Reg_LFPC_Art122

Artículo 6

REGLAMENTO del Artículo 122 de la Ley Federal de Protección al Consumidor

Artículo 6

CAPÍTULO II - DE LA LISTA DE ÁRBITROS Y DE LOS REQUISITOS, PROCEDIMIENTO Y CANCELACIÓN DE INSCRIPCIÓN

ARTÍCULO 6. Los requisitos que deben cumplirse para obtener la inscripción en la Lista de Árbitros, son los siguientes:

  1. Acreditar ante la Secretaría una experiencia práctica de por lo menos cinco años en la profesión, arte u oficio en que se pretenda realizar las funciones arbitrales;
  2. Gozar de reconocido prestigio y honorabilidad, y no haber sido sentenciado por delito doloso;
  3. No desempeñar un cargo o comisión en la Administración Pública Federal o local, o puesto de elección popular; y
  4. Aprobar el examen de conocimientos que se elaborará conforme a lo establecido en el presente Reglamento.
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