Reglamento [Reg_LFPIORPI]

Artículo 11 de REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita

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REGLAMENTO de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (Reg_LFPIORPI)

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Artículo 11

CAPÍTULO SEGUNDO - DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS

Artículo 11.- Para el cumplimiento del objeto de este Reglamento, las Entidades Financieras, en términos de lo establecido en la Sección Primera del Capítulo III de la Ley, se regirán por las leyes que especialmente las regulan.

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