Capítulo III - De las Marcas, Avisos y Nombres Comerciales
Artículo 123.- Los productos que se vendan o el establecimiento en donde se presten servicios a los que se aplique una marca registrada, bajo licencia o franquicia, deberán indicar, además de lo señalado en el artículo 242 de la Ley, los siguientes datos:
I.- El nombre y domicilio de la persona titular de la marca registrada;
II.- El nombre y domicilio de la persona licenciataria de la marca o de la persona franquiciataria, y
III.- Que el uso se efectúa bajo licencia de la marca registrada.