Reglamento [Reg_LFPPI]

Artículo 174 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

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Artículo 174

Capítulo V - Del Procedimiento de Declaración Administrativa

Artículo 174.- Para efectos de lo establecido en la fracción II del artículo 349 de la Ley, al momento de levantar las medidas provisionales solicitadas, el Instituto decidirá el destino de la garantía otorgada.

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