Capítulo VII - Del procedimiento de declaración administrativa de infracción en línea
Artículo 185.- El expediente electrónico se integrará cronológicamente, mismo que incluirá todas las promociones, pruebas y otros anexos que presenten las partes, oficios, acuerdos y resoluciones, así como las demás constancias y actuaciones que deriven de la sustanciación del procedimiento en línea.