Reglamento [Reg_LFPPI]

Artículo 198 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial (Reg_LFPPI)

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Artículo 198

Capítulo X - De los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

Artículo 198.- Los mecanismos alternativos de solución de controversias ante el Instituto se regirán por los principios de voluntariedad, confidencialidad, buena fe, legalidad, imparcialidad, equidad, flexibilidad y autonomía de la voluntad.

El Instituto garantizará que dichos principios orienten la actuación de las partes y de la persona facilitadora, procurando soluciones justas, eficaces y acordes con el orden jurídico aplicable.

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