Artículo 286. La Secretaría establecerá los términos que observarán las dependencias y entidades sobre los requerimientos de la información que se incorporará a los informes trimestrales, previstos en el artículo 107 de la Ley, así como los términos de la información que se enviará al Congreso de la Unión en forma directa cuando así corresponda.
Reglamento [Reg_LFPRH]
Artículo 286 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria
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TÍTULO SÉPTIMO - De la Información, Transparencia y Evaluación · CAPÍTULO I - De la Información y la Transparencia · SECCIÓN I - De los informes
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