TÍTULO SÉPTIMO - De la Información, Transparencia y Evaluación · CAPÍTULO I - De la Información y la Transparencia · SECCIÓN I - De los informes
Artículo 288. La información que no sea entregada en los términos y dentro de los plazos establecidos por la Secretaría, no será incorporada a los informes trimestrales, así como tampoco en el informe previsto en el artículo 42, fracción II, de la Ley, y la dependencia o entidad atenderá directamente lo necesario ante la autoridad competente.
Artículo reformado DOF 04-09-2009