Reglamento [Reg_LFPRH]

Artículo 289 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria (Reg_LFPRH)

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Artículo 289

TÍTULO SÉPTIMO - De la Información, Transparencia y Evaluación · CAPÍTULO I - De la Información y la Transparencia · SECCIÓN I - De los informes

Artículo 289. La información que reporten las dependencias y entidades para la integración de los informes trimestrales, así como la que envíen directamente al Congreso de la Unión, en los términos descritos en el artículo 283 de este Reglamento y en el Informe previsto en el artículo 42, fracción II, de la Ley, será de acceso público conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que deberán difundirla a través de sus respectivas páginas de Internet, en los términos de las disposiciones aplicables.

Artículo reformado DOF 04-09-2009

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