Artículo 13

Capítulo III - De la Determinación de la Capacidad Satelital como Reserva del Estado

Artículo 13. Cuando el Instituto determine y resuelva el rescate de Recursos orbitales, la persona titular de la Concesión o Autorización dejará de suministrar la CSRE a partir de que surta efectos la declaración de rescate en los términos que determine la Ley.

Ver artículo Markdown

Relaciones del artículo 13

Ampliar

  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 13 Llegan al 13
Publicidad