Capítulo III - De la Determinación de la Capacidad Satelital como Reserva del Estado
Artículo 13. Cuando el Instituto determine y resuelva el rescate de Recursos orbitales, la persona titular de la Concesión o Autorización dejará de suministrar la CSRE a partir de que surta efectos la declaración de rescate en los términos que determine la Ley.