Reglamento [Reg_LFZEE]

Artículo 30 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales

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REGLAMENTO de la Ley Federal de Zonas Económicas Especiales (Reg_LFZEE)

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Artículo 30

CAPÍTULO SEGUNDO - DE LAS AUTORIDADES Y LOS MECANISMOS DE COORDINACIÓN · Sección VI - De la Coordinación entre los Órdenes de Gobierno

Artículo 30.- Los gobiernos federal, de las Entidades Federativas y de los Municipios suscribirán los Convenios de Coordinación e implementarán el Programa de Desarrollo con el objeto de llevar a cabo las políticas públicas y acciones que, con un enfoque integral y de largo plazo, permitan el establecimiento y la adecuada operación de las Zonas, y que promuevan el desarrollo sustentable de sus Áreas de Influencia.

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