Lectura de artículo · Reg_LGCFD

Artículo 25

REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte

Artículo 25

TÍTULO TERCERO - DEL SECTOR PÚBLICO · CAPÍTULO III - Del Registro Nacional de Cultura Física y Deporte

Artículo 25. Conforme a lo dispuesto por los artículos 30, fracciones III y XIII, 37 y 38, de la Ley, la CONADE se coordinará con los Estados, el Distrito Federal, las delegaciones y los municipios para integrar y actualizar el RENADE, de conformidad con los lineamientos que de acuerdo a sus atribuciones expida, debiéndose tomar en consideración lo siguiente:

  1. Para registrarse en el RENADE, los Órganos Estatales y del Distrito Federal con competencia en materia de Cultura Física y Deporte, deberán entregar:
    1. Copia certificada del nombramiento del Titular de la dependencia o entidad;
    2. El listado de los integrantes del Sistema Estatal o del Distrito Federal de Cultura Física y Deporte, y citar el ordenamiento legal que los sustenta y su fecha de publicación en el medio oficial correspondiente;
    3. El general de actividades por el período de gobierno y el operativo anual de la dependencia o entidad, formulado de acuerdo al ;
    4. Constancia documental de que la información de los miembros del Sistema Estatal o del Distrito Federal de Cultura Física y Deporte, registrados en el RENADE, han sido verificados por la autoridad estatal o del Distrito Federal, y
    5. Cumplir satisfactoriamente el registro de la infraestructura deportiva y personas físicas y morales del sistema estatal de Cultura Física y Deporte, y
  2. Para registrarse en el RENADE, los Órganos Municipales de Cultura Física y Deporte deberán entregar:
    1. Copia certificada del nombramiento del Titular del Órgano;
    2. El listado de los integrantes del Sistema Municipal de Cultura Física y Deporte, y citar el ordenamiento legal que los sustenta y su fecha de publicación en el medio oficial correspondiente;
    3. El general de actividades por el período de gobierno y el operativo anual del organismo o entidad, formulado de acuerdo al ;
    4. Constancia documental de que la información de los miembros del Sistema Municipal de Cultura Física y Deporte, registrados en el RENADE, han sido verificados por la autoridad municipal, y
    5. Cubrir satisfactoriamente el registro de la infraestructura deportiva y personas físicas y morales del sistema municipal de Cultura Física y Deporte.
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