Reglamento [Reg_LGCFD]

Artículo 51 de REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte

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REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte (Reg_LGCFD)

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Artículo 51

TÍTULO TERCERO - DEL SECTOR PÚBLICO · CAPÍTULO V - De la Participación de Selecciones Nacionales en Competiciones Internacionales

Artículo 51. Los Deportistas profesionales mexicanos que integren preselecciones o selecciones nacionales que participen en Eventos Deportivos oficiales de carácter internacional, gozarán de los mismos derechos e incentivos atribuidos a los Deportistas de alto rendimiento conforme a la Ley, este Reglamento y demás ordenamientos aplicables.

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