TÍTULO SEGUNDO - Instrumentos de la Política Forestal · Capítulo III - Zonificación Forestal
Artículo 17. Para efectos del artículo 49 de la Ley, en la Zonificación forestal se establecerán las categorías siguientes:
- Zonas de conservación y o prohibido:
- Áreas naturales protegidas;
- Áreas de protección;
- Áreas localizadas arriba de los 3,000 metros sobre el nivel del mar;
- Terrenos con pendientes mayores al cien por ciento o cuarenta y cinco grados;
- Áreas cubiertas con vegetación de manglar o Bosque mesófilo de montaña;
- Áreas cubiertas con vegetación de galería, y
- Áreas cubiertas con Selvas altas perennifolias;
- Zonas de producción:
- Terrenos forestales de productividad alta, caracterizados por tener una cobertura de copa de más del cincuenta por ciento o una altura promedio de los árboles dominantes igual o mayor a dieciséis metros;
- Terrenos forestales de productividad media, caracterizados por tener una cobertura de copa de entre veinte y cincuenta por ciento o una altura promedio de los árboles dominantes menor de dieciséis metros;
- Terrenos forestales de productividad baja, caracterizados por tener una cobertura de copa inferior al veinte por ciento;
- Terrenos con Vegetación forestal de zonas áridas;
- Terrenos adecuados para realizar Forestaciones, y
- Terrenos preferentemente forestales; y
- Zonas de restauración:
- Terrenos forestales con Degradación alta y que muestren evidencia de erosión severa, con presencia de cárcavas;
- Terrenos preferentemente forestales, caracterizados por carecer de Vegetación forestal y mostrar evidencia de erosión severa, con presencia de cárcavas;
- Terrenos forestales o preferentemente forestales con Degradación media, caracterizados por tener una cobertura de copa menor al veinte por ciento y mostrar evidencia de erosión severa, con presencia de canalillos;
- Terrenos forestales o preferentemente forestales con Degradación baja, caracterizados por tener una cobertura de copa inferior al veinte por ciento y mostrar evidencia de erosión laminar, y
- Terrenos forestales o preferentemente forestales degradados que se encuentren sometidos a tratamientos de recuperación, tales como Forestación, Reforestación o regeneración natural.