Reglamento [Reg_LGDFS]

Artículo 17 de REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (Reg_LGDFS)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 17

TÍTULO SEGUNDO - Instrumentos de la Política Forestal · Capítulo III - Zonificación Forestal

Artículo 17. Para efectos del artículo 49 de la Ley, en la Zonificación forestal se establecerán las categorías siguientes:

I. Zonas de conservación y Aprovechamiento restringido o prohibido:

a) Áreas naturales protegidas;

b) Áreas de protección;

c) Áreas localizadas arriba de los 3,000 metros sobre el nivel del mar;

d) Terrenos con pendientes mayores al cien por ciento o cuarenta y cinco grados;

e) Áreas cubiertas con vegetación de manglar o Bosque mesófilo de montaña;

f) Áreas cubiertas con vegetación de galería, y

g) Áreas cubiertas con Selvas altas perennifolias;

II. Zonas de producción:

a) Terrenos forestales de productividad alta, caracterizados por tener una cobertura de copa de más del cincuenta por ciento o una altura promedio de los árboles dominantes igual o mayor a dieciséis metros;

b) Terrenos forestales de productividad media, caracterizados por tener una cobertura de copa de entre veinte y cincuenta por ciento o una altura promedio de los árboles dominantes menor de dieciséis metros;

c) Terrenos forestales de productividad baja, caracterizados por tener una cobertura de copa inferior al veinte por ciento;

d) Terrenos con Vegetación forestal de zonas áridas;

e) Terrenos adecuados para realizar Forestaciones, y

f) Terrenos preferentemente forestales; y

III. Zonas de restauración:

a) Terrenos forestales con Degradación alta y que muestren evidencia de erosión severa, con presencia de cárcavas;

b) Terrenos preferentemente forestales, caracterizados por carecer de Vegetación forestal y mostrar evidencia de erosión severa, con presencia de cárcavas;

c) Terrenos forestales o preferentemente forestales con Degradación media, caracterizados por tener una cobertura de copa menor al veinte por ciento y mostrar evidencia de erosión severa, con presencia de canalillos;

d) Terrenos forestales o preferentemente forestales con Degradación baja, caracterizados por tener una cobertura de copa inferior al veinte por ciento y mostrar evidencia de erosión laminar, y

e) Terrenos forestales o preferentemente forestales degradados que se encuentren sometidos a tratamientos de recuperación, tales como Forestación, Reforestación o regeneración natural.

Ver artículo Markdown