Artículo 39. La información contenida en el registro a que se refiere este Capítulo tendrá el carácter que le confieren las disposiciones federales en materia de transparencia y acceso a la información pública.
Reglamento [Reg_LGDNNA]
Artículo 39 de REGLAMENTO de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
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TÍTULO CUARTO - SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN, REGISTROS NACIONALES Y BASES DE DATOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES · CAPÍTULO II - DEL REGISTRO DE LAS NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES SUSCEPTIBLES DE ADOPCIÓN
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