Artículo 34.- Los programas y acciones en materia de fomento del sector social de la economía se orientarán por los objetivos marcados en el artículo anterior, de acuerdo con lo establecido en los convenios de coordinación o contratos de concertación correspondientes.
Reglamento [Reg_LGDS]
Artículo 34 de REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social
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CAPÍTULO V - Del Fomento del Sector Social de la Economía
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