Reglamento [Reg_LGDS]

Artículo 39 de REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social

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REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Social (Reg_LGDS)

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Artículo 39

CAPÍTULO VII - Del Sistema Nacional de Desarrollo Social

Artículo 39.- Al Sistema Nacional se integrarán las siguientes instancias:

I. La Comisión Nacional;

II. La Comisión Intersecretarial;

III. El Consejo Consultivo, y

IV. El Consejo Nacional de Evaluación.

Dichas instancias normarán su funcionamiento en los términos de sus instrumentos jurídicos específicos de regulación.

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