Artículo 65. La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte formulará programas y acciones orientados a apoyar el deporte adaptado para personas con discapacidad. Dichas acciones deberán estar orientadas a fortalecer los niveles de desarrollo popular, nuevos valores, prospectos, alto rendimiento de primera fuerza, juveniles, máster y paralímpico.
La Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte deberá impulsar la inversión social y privada para el desarrollo del deporte de las personas con discapacidad en cualquiera de sus modalidades.