Reglamento [Reg_LGN]

Artículo 122 de REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional (Reg_LGN)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 122

TÍTULO TERCERO - DEL DESARROLLO POLICIAL · Capítulo IV - De la Evaluación del Desempeño

Artículo 122. La evaluación del desempeño es el proceso de verificación periódica de la prestación del servicio de los integrantes, que permite medir el apego de los mismos a los principios constitucionales, a la disciplina, así como su contribución a los objetivos institucionales, a fin de identificar áreas de oportunidad y diseñar e implementar estrategias de desarrollo policial.

Ver artículo Markdown