SEXTO. El Secretario designará al Titular de la Unidad de Transición para efectos de atender el Sexto transitorio de la Ley, en un plazo máximo de treinta días naturales contados a la entrada en vigor del presente Reglamento.
Reglamento [Reg_LGN]
Artículo Transitorio SEXTO de REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional
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