TERCERO. A través de la Coordinación Operativa Interinstitucional, las secretarías de la Defensa Nacional y de Marina participarán en la conformación y funcionamiento de la Guardia Nacional para el establecimiento de su estructura jerárquica, sus regímenes de disciplina, de cumplimiento de responsabilidades y tareas, y de servicios, así como para la instrumentación de las normas de ingreso, educación, capacitación, profesionalización, ascensos y prestaciones, en los términos de los artículos Quinto y Sexto transitorios del Decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Guardia Nacional, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 26 de marzo de 2019.
Para los efectos de este transitorio, la Coordinación Operativa Interinstitucional contará por lo menos, con áreas especializadas en manejo de recursos humanos, acopio y análisis de información, planeación y ejecución de operaciones policiales, administración de recursos materiales, logísticos y financieros, asesoría jurídica y otras que sean necesarias para el cumplimiento de sus funciones, las cuales adoptarán la organización que se requiera, conforme a la disponibilidad presupuestaria autorizada de la Dependencia correspondiente.