Artículo 30

Artículo 30

CAPÍTULO TERCERO - DE LA COORDINACIÓN, PROGRAMAS Y ACCIONES

Artículo 30.- Para la elaboración del Programa Nacional, la realizará un análisis que comprenderá, cuando menos, los factores que generan la inseguridad, sus causas, los factores de riesgo y sus consecuencias, así como el reconocimiento de la incidencia en la Violencia y la delincuencia por sectores.

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