Artículo 31.- El Programa Nacional deberá contener indicadores que permitan medir y analizar el impacto de los resultados alcanzados en materia de prevención social de la Violencia y la delincuencia y su impacto en las acciones de seguridad pública.
Reglamento [Reg_LGPSVD]
Artículo 31 de REGLAMENTO de la Ley General para la Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia
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CAPÍTULO TERCERO - DE LA COORDINACIÓN, PROGRAMAS Y ACCIONES
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Ley reglamentada
Ley General Para La Prevención Social De La Violencia Y La Delincuencia
[LGPSVD_040521]
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