Lectura de artículo · Reg_LGS_MP

Artículo 81

REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad

Artículo 81

TÍTULO DÉCIMO PRIMERO - Autorizaciones y Avisos · Capítulo II - Permisos

ARTÍCULO 81. La , cuando existan motivos para suponer la falsedad, la ambigüedad o la inducción a error de la información contenida en la solicitud de autorización, podrá requerir, en un tercio del plazo oficial de respuesta, a los solicitantes el material publicitario elaborado de que se trate, ya sea grabado, filmado o impreso para efectuar los cotejos correspondientes.

Si una vez transcurrido un plazo de treinta días naturales el solicitante no presenta el material que la le requirió, la solicitud se tendrá como no presentada.

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