Reglamento [Reg_LGT]

Artículo 9 de REGLAMENTO de la Ley General de Turismo

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Artículo 9

TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO III - DE LA CONFERENCIA NACIONAL

Artículo 9.- La Secretaría podrá celebrar convenios de coordinación con los Estados, Municipios y el Distrito Federal, para efecto de definir las bases y condiciones de su participación en la Conferencia Nacional.

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