Artículo 64. La Junta Directiva de la Asesoría Jurídica Federal aprobará el Plan Anual de Capacitación y Estímulos, el cual se ajustará a los criterios siguientes:
I. Atender los requerimientos de capacitación que formulen los asesores jurídicos federales, así como las necesidades de actualización y especialización para la prestación del servicio;
II. Otorgar amplia participación a los peritos y demás servidores públicos de la Asesoría Jurídica Federal, en el ámbito de sus funciones, para optimizar su preparación y el servicio a su cargo, y
III. Prever estímulos para el personal cuyo desempeño lo amerite, de conformidad con las disposiciones aplicables.