Artículo 93. Respecto al supuesto previsto en el último párrafo del artículo 63 de la Ley, cuando se advierta la existencia de actividades de Exploración o Explotación de Recursos Geotérmicos en el territorio nacional, sin contar con los permisos o Concesiones correspondientes, la Secretaría debe iniciar el procedimiento administrativo conforme a lo estipulado en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Reglamento [Reg_LGeo]
Artículo 93 de REGLAMENTO de la Ley de Geotermia
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO SEXTO - DEL PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN, VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO · CAPÍTULO I - Disposiciones Generales
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley de Geotermia (Reg_LGeo)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.