Reglamento [Reg_LGeo]

Artículo 93 de REGLAMENTO de la Ley de Geotermia

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REGLAMENTO de la Ley de Geotermia (Reg_LGeo)

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Artículo 93

TÍTULO SEXTO - DEL PROCEDIMIENTO DE INSPECCIÓN, VERIFICACIÓN Y SEGUIMIENTO · CAPÍTULO I - Disposiciones Generales

Artículo 93. Respecto al supuesto previsto en el último párrafo del artículo 63 de la Ley, cuando se advierta la existencia de actividades de Exploración o Explotación de Recursos Geotérmicos en el territorio nacional, sin contar con los permisos o Concesiones correspondientes, la Secretaría debe iniciar el procedimiento administrativo conforme a lo estipulado en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.

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