Libro segundo - Del sistema de calidad e innovación · Título segundo - De los Estándares · Capítulo III - De la elaboración de los Estándares · Sección segunda - Del procedimiento de elaboración de estándares
Artículo 165. La publicación del extracto del Estándar debe cumplir con los siguientes requisitos:
I. Clave;
II. Título;
III. Datos de los Sujetos Facultados para Estandarizar, Organismos Nacionales de Estandarización o Autoridades Normalizadoras que lo elaboraron;
IV. Datos de contacto para la consulta del Estándar;
V. Objetivo y campo de aplicación;
VI. Grado de concordancia conforme a lo establecido en este Reglamento, y
VII. Fecha de inicio de entrada en vigor.