Reglamento [Reg_LIFNCT]

Artículo 11 de REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores

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REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores (Reg_LIFNCT)

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Artículo 11

CAPÍTULO SEGUNDO - De las Atribuciones del Instituto

Artículo 11.- Para la elaboración de su programa financiero anual, el Instituto tomará en cuenta los objetivos y prioridades del Plan Nacional de Desarrollo y los programas sectoriales. Asimismo, considerará:

I. El límite de intermediación financiera, compuesto por el endeudamiento y el financiamiento netos, derivado de los ingresos y el proyecto de presupuesto de gastos, una vez autorizados sus montos globales por la Secretaría de Hacienda, y

II. La calendarización anual del gasto para el ejercicio de los recursos autorizados, a fin de cumplir con sus objetivos, metas y prioridades contenidos en sus programas.

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