Artículo 19.- Las propuestas de los consejeros para incluir temas en el orden del día correspondiente, deberán contar con la aprobación del 25% de los mismos. Si dichas propuestas son presentadas previamente a la convocatoria, se incluirán en el orden del día y, si son presentadas al inicio de una sesión, el Consejo Directivo resolverá si se debe desahogar en la misma o programarse para una próxima sesión.
Reglamento [Reg_LIFNCT]
Artículo 19 de REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPÍTULO TERCERO - Del Consejo Directivo
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