Reglamento [Reg_LIH]

Artículo 13 de REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos

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REGLAMENTO de la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos (Reg_LIH)

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Artículo 13

CAPÍTULO II - DE LA DETERMINACIÓN DE LAS CONDICIONES ECONÓMICAS RELATIVAS A LOS TÉRMINOS FISCALES · Sección Segunda - De los Procesos de Migración

Artículo 13.- En el supuesto señalado en el artículo 34, párrafo tercero de la Ley, la Secretaría de Energía entregará a la Secretaría lo señalado en el artículo 5 de este Reglamento, así como la propuesta de términos de asociación y del acuerdo de operación conjunta.

En estos casos, será aplicable lo señalado en los párrafos segundo y tercero del artículo anterior.

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