Título Segundo - De la Marina Mercante · Capítulo V - Educación marítima mercante · Sección VII - Requisitos en Materia de Títulos Profesionales, Refrendo, Certificado de Competencia, Certificado de Competencia Especial, Libreta de Mar y Revalidación
Artículo 213.- La constancia de , que expida el capitán de la Embarcación, deberá reunir los siguientes requisitos:
- Datos del naviero:
- Nombre de la empresa;
- Dirección;
- Número telefónico, y
- Número de fax.
- Datos de la Embarcación:
- Nombre;
- Numeral;
- Tipo de Embarcación;
- Puerto de registro;
- , y
- Potencia propulsora.
- Datos del embarque:
- Nombre y firma del capitán;
- Nombre y firma del Jefe de Máquinas, únicamente para el personal de esa área;
- Nombre del interesado;
- Período de embarque;
- Cargo durante el embarque;
- Puertos y país de arribo, y
- Sello del buque.
- Datos de la :
- Nombre, firma y sello del Capitán de Puerto para desembarque en puertos nacionales o cónsul mexicano en caso de existir la facilidad en el puerto extranjero de desembarque, y
- Comprobantes de pago o recibo de nómina generados durante el período de embarque.