Reglamento [Reg_LOGan]

Artículo 10 de REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas

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REGLAMENTO de la Ley de Organizaciones Ganaderas (Reg_LOGan)

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Artículo 10

TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES · CAPÍTULO II - DEL ESTADO Y LAS ORGANIZACIONES

Artículo 10.- Las organizaciones ganaderas podrán constituirse como organizaciones auxiliares del crédito en su modalidad de uniones de crédito, en los términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito. La Secretaría apoyará las gestiones de las organizaciones ganaderas para este efecto.

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