Reglamento [Reg_LOINAH]

Artículo 40 de REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia

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REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia (Reg_LOINAH)

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Artículo 40

CAPÍTULO V - DE LOS CONSEJOS DEL INSTITUTO

Artículo 40. El Consejo General Consultivo se integra por diecisiete miembros, conforme a lo siguiente:

I. El titular de la Dirección General, quien lo presidirá, y

II. Cuatro Consejeros por cada uno de los Consejos de Área, de los cuales dos serán designados por el titular de la Dirección General, y dos electos por el Consejo de Área correspondiente.

El titular de la Dirección General podrá designar a su suplente por ausencia.

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