CAPÍTULO V - DE LOS CONSEJOS DEL INSTITUTO
Artículo 46. El titular de la Secretaría Técnica podrá designar a su suplente por ausencia en las sesiones de los Consejos de Área.
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REGLAMENTO de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia (Reg_LOINAH)
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Artículo 46. El titular de la Secretaría Técnica podrá designar a su suplente por ausencia en las sesiones de los Consejos de Área.