Reglamento [Reg_LPEAM]

Artículo 60 de REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley de Protección del Espacio Aéreo Mexicano (Reg_LPEAM)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 60

TÍTULO TERCERO - PROCEDIMIENTOS · Capítulo IV - De la Interceptación Aérea · Sección Segunda - De las Maniobras de Interceptación Aérea

Artículo 60.- Las maniobras que realice el Piloto al Mando de la Aeronave interceptora para la Identificación visual, así como para verificar la situación de la Tripulación de Vuelo de la aeronave interceptada, comprenden las fases siguientes:

I. De aproximación;

II. De Identificación, y

III. De asistencia o Seguimiento.

Ver artículo Markdown